El TSJCyL confirma una condena de más de 16 años y medio a un padre por abusos sexuales y violencia familiar en Palencia

El tribunal rechaza el recurso del acusado, avala la credibilidad de la víctima y descarta aplicar la eximente incompleta por embriaguez.
Sede del TSJCyL en Burgos. / ICAL
Sede del TSJCyL en Burgos. / ICAL

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirmó íntegramente la condena de más de 16 años y medio de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Palencia a un hombre por delitos de agresión sexual continuada a su hija menor, violencia doméstica habitual y varios episodios de maltrato en el ámbito familiar.

La Sala de lo Civil y Penal, con sede en Burgos, desestima el recurso de apelación al no apreciar errores en la valoración de la prueba ni vulneración del derecho a la presunción de inocencia, ratificando la sentencia dictada en diciembre de 2025.

Los magistrados consideran acreditado que el acusado sometió durante años a sus hijos a un clima de violencia física y psicológica continuada, con especial gravedad en el caso de su hija, víctima de abusos sexuales reiterados desde que era menor de 16 años. El tribunal destaca la solidez del testimonio de la víctima, apoyado por informes periciales y pruebas biológicas.

En relación con el episodio ocurrido el 1 de abril de 2024 en el domicilio familiar en Palencia, la Sala valida las declaraciones testificales y la intervención policial, que constató el estado de miedo de la víctima y la presencia de un cuchillo en la vivienda. La joven relató haber sido golpeada, agarrada por el cuello y empujada por su padre.

Asimismo, el tribunal rechaza aplicar la eximente incompleta por embriaguez. Aunque reconoce el consumo abusivo de alcohol, concluye que no se ha acreditado una afectación grave de las facultades mentales del acusado, manteniéndose únicamente la atenuante simple.

Las penas ratificadas incluyen 11 años y 6 meses de prisión por el delito continuado de agresión sexual, además de diversas penas por maltrato, violencia habitual y trato degradante, que elevan el total por encima de los 16 años de cárcel, junto con órdenes de alejamiento, privación de patria potestad y libertad vigilada. El tribunal mantiene también la medida de expulsión del país una vez cumplida la pena.

Finalmente, no se imponen las costas del recurso al no apreciarse mala fe en la defensa. Contra la resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo de España.

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