El tribunal desestima el recurso de la acusada y mantiene la pena de 21 meses de prisión por vender cocinas de una marca distinta a la anunciada
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) confirmó la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Palencia a la responsable de un establecimiento de muebles de cocina, considerada autora de un delito continuado de estafa. La Sala de lo Civil y Penal desestimó íntegramente el recurso de apelación y mantiene la pena de 21 meses de prisión, además de la obligación de abonar la mitad de las costas del proceso y una indemnización de más de 12.000 euros a la empresa propietaria de la marca afectada.
El tribunal considera probado que la mujer vendió durante varios años cocinas que los clientes adquirieron creyendo que pertenecían a una marca reconocida, cuyo rótulo figuraba en el establecimiento y en el material comercial. Sin embargo, las cocinas instaladas correspondían a otra marca de menor precio y calidad, lo que generó un perjuicio económico directo a la compañía original.
El fraude salió a la luz cuando comenzaron a aparecer fallos de montaje y funcionamiento, momento en que los clientes acudieron a la empresa titular de la marca. Los técnicos verificaron que los muebles no coincidían con los productos originales y obligaron a la compañía a asumir la sustitución completa de las cocinas para proteger su imagen y reputación comercial.
La Sala rechazó los argumentos de la defensa, que alegaba falta de legitimación de la empresa, inexistencia de daño económico y vulneración de la presunción de inocencia. El tribunal concluyó que existía un conjunto consistente de pruebas, que incluía declaraciones de clientas, documentación y actuaciones posteriores de la marca. Además, el tribunal descartó la existencia de dilaciones indebidas en la tramitación del proceso y recordó que la estafa es un delito público, por lo que la renuncia de alguna perjudicada no afecta la acusación del Ministerio Fiscal.
Con esta decisión, el TSJ confirma la sentencia de la Audiencia Provincial y declara de oficio las costas de esta segunda instancia, por lo que queda únicamente abierta la vía de recurso ante el Tribunal Supremo.




