Vecinos del barrio Santiago denuncian ser ‘muteados’ por la Alcaldía y no poder intervenir en el Pleno

Imagen: Ayuntamiento de Palencia
Imagen: Ayuntamiento de Palencia

Consideran que no se está cumpliendo con su derecho a la participación ciudadana recogido en el Reglamento Municipal

La Asociación de Vecinos del barrio de Santiago se ha quejado públicamente de las dos denegaciones de intervención en el Pleno del Ayuntamiento de Palencia, derecho recogido en el Reglamento de Participación Ciudadana del Consistorio palentino.

Este colectivo vecinal de la zona sur de la ciudad, donde se están realizando obras como las de Virrey Velasco o se verá afectado por la colocación de pantallas de protección acústicas en la traza del ferrocarril, considera “un insulto y un ataque frontal del Partido Socialista el cual dice representar a la ciudadanía, pero luego no permite su participación en el Pleno”.

En un comunicado, desde el Barrio de Santiago se expresa que han sido dos ya las solicitudes denegadas. “La primera solicitud se registró con fecha de 22 de agosto de 2025 siendo denegada motivando que se rechazaba haciendo referencia al artículo 18 del Reglamento de Participación Ciudadana”. Señalar que el primer Pleno tras esa petición se celebró el 18 de septiembre, por lo que entraría dentro del plazo mínimo para solicitar la participación y que el artículo 18 hace referencia a las intervenciones de colectivos que deseen efectuar una exposición ante el Pleno en relación con algún punto del Orden del día en cuya previa tramitación administrativa hubiese intervenido como interesado”.

Los vecinos del barrio ya “tuvieron suspicacias en este momento dado que en su escrito de registro se especificaba claramente que solicitaban hablar en base al artículo 19, por lo tanto, entendiendo que pudiera haber sido un error, con fecha 30 de septiembre de 2025 se vuelve a efectuar una petición de palabra donde se adjunta un escrito que dejaba claro el artículo de referencia” y de cara al Pleno del 23 de octubre.

Su sorpresa viene cuando, esta vez, la denegación a intervenir en el pleno viene motivada en que la alcaldesa considera que el “objeto no se considera expresamente subsumido en el artículo 19.1 del Reglamento de Participación Ciudadana”. Esto es, siguiendo ese punto que la Alcaldía considera que no son temas concretos de interés municipal lo que se pretende plantear. “El Alcalde podrá establecer un turno de ruegos y preguntas por los vecinos y vecinas asistentes, sobre temas concretos de interés municipal. Corresponde al Alcalde ordenar y cerrar este turno. Las peticiones de intervención en este turno de ruegos y preguntas se formularán con una antelación mínima de 5 días hábiles al de la convocatoria de la sesión”. En el artículo 81 del Reglamento Orgánico Municipal se establecen 10 días.

La representante de este grupo de vecinos, Elena del Carmen Mena, que era la solicitante para hablar en el Pleno, solicita a la alcaldesa “que rectifique y se les permita expresar en el Pleno a todos los grupos políticos las demandas que tiene su barrio y su calle”.

En todo caso, en este Pleno sí habrá turno de intervención para los asistentes, porque como muestra el Orden del Día, “de acuerdo con lo establecido en el art. 81 del Reglamento Orgánico Municipal” un particular “ha solicitado intervenir, una vez finalizada la sesión del Pleno ordinario municipal, que ha de celebrarse el día 23 de octubre de 2025, en relación a los problemas que vienen padeciendo los trabajadores de la grúa”, un servicio municipal externalizado.

 

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