Velilla somete al filtro vecinal la nueva norma que regulará la concesión de subvenciones municipales

Treinta días para presentar alegaciones y realizar aportaciones a la Ordenanza reguladora de la concesión de las subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro

 

Las subvenciones constituyen una medida de apoyo al asociacionismo como medio de participación de los ciudadanos en la sociedad.

La creación de redes y espacios participativos es una labor que debe de ser apoyada e impulsada conforme a lo establecido en el art. 9.2 de nuestra Constitución: “Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.

La concesión de subvenciones constituye, en suma, la tradicional forma de actividad de fomento de las Administraciones Públicas. Dada la existencia de Asociaciones en Velilla que realizan actividades tendentes a la realización de fines de interés público y con el objeto de regular la cooperación económica municipal a estas asociaciones, la tramitación y aprobación de la nueva ordenanza contribuirá a seguir profundizando en el proceso dinamizador municipal.

No puede obviarse tampoco la necesaria adaptación del proceso de concesión de ayudas económicas por parte de las Administraciones Públicas a la nueva normativa reguladora.

En efecto, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones configura un nuevo marco normativo al efecto que no puede ser desconocido por la Administración Local y a cuya matización o concreción contribuye la presente.

Serán subvencionables las actividades programadas que se realicen durante el año de su petición en el ámbito territorial del municipio con trascendencia directa en el mismo.

Estas ayudas irán destinadas a cubrir parte de los gastos generados por dichas actividades, dentro de los criterios de cada área municipal.

Queda expresamente prohibido cambiar el destino de la subvención, lo que originará la pérdida de dicha ayuda.

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