Cervera de Pisuerga ha elevado a definitivo el listado de beneficiarios de las ayudas covid convocadas para paliar los efectos de la pandemia en la actividad empresarial. Se trata de la segunda convocatoria de estas características que resuelve el Consistorio norteño.

Estas son las obligaciones que tienen los 8 beneficiarios cuya solicitud ha sido aprobada por el Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga.

a) Mantener la actividad empresarial durante 6 meses, como mínimo, a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de concesión de la subvención.
b) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en caso de incumplimiento de las presentes bases y en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, y en particular, por obtener la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido, o mostrar resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero prevista en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
c) Cumplir las restantes obligaciones que detalla el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
d) El reintegro del importe percibido, cuando proceda, se regirá por lo dispuesto en el título II de la LGS y por el título III del RLGS.
e) Sin perjuicio de iniciar el procedimiento de reintegro, en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas con motivo de la concesión de le subvención, la persona o empresa beneficiaria podrán comunicar al órgano gestor por registro de entrada este hecho y efectuar la devolución voluntaria de la cantidad perciba.

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