Jesús García-Prieto / ICAL
El profesor e investigador de la Universidad Autónoma de Madrid Gabriel Ángel García Benito (Madrid, 1997) ha sido distinguido con el primer Premio Nacional ‘Alejandro Nieto’, convocado por la Diputación de Palencia, un reconocimiento que considera “el mayor logro” de su carrera investigadora hasta el momento y especialmente relevante por estar dedicado a un jurista que, a su juicio, es de “obligada lectura y de obligada cita” para quienes estudian la historia de la Administración.
El autor del trabajo ‘De la irresponsabilidad de los funcionarios a la responsabilidad de la Administración: Justicia Administrativa versus ordinaria en el siglo XIX francés’ explica que su investigación pretende cuestionar la idea de que España se limitó a trasladar el modelo administrativo francés durante el siglo XIX y reivindica el valor de los archivos de las diputaciones provinciales para descubrir “una lectura del pasado muy diferente de la que teníamos” y que estas son «fundamentales para entender la construcción del Estado Español.
García Benito defiende además la vigencia de una mirada crítica sobre el Derecho desde el estudio histórico y reconoce que le gustaría dedicar su vida a profundizar en la historia del Derecho Administrativo, una disciplina que le apasiona “por lo desconocido y por el reto que supone” acercarse a una realidad tan ajena a la actual.
¿Qué supone para usted recibir el primer Premio Nacional ‘Alejandro Nieto’ de la Diputación de Palencia?
Para mí ha sido el mayor logro de mi carrera investigadora hasta el momento. Además, ha sido todo un honor por lo que representa el premio, es decir, por ese reconocimiento o, mejor dicho, por ese homenaje a los estudios tanto de Derecho Administrativo como de historia de la Administración que llevó a cabo Alejandro Nieto. Creo que todos los investigadores que nos dedicamos a la historia de la Administración somos unos auténticos fanáticos de su obra. Es un autor de obligada lectura y de obligada cita para cualquier estudio de historia de la Administración.
¿Que el premio lleve el nombre de Alejandro Nieto, un jurista de gran relevancia, hace que tenga un significado todavía más especial?
Sí, totalmente. Es más especial de cuantos hay ahora mismo en el panorama nacional. Hay otros premios que reconocen el pensamiento sobre el Derecho Administrativo o su historia, pero, en particular, uno destinado a Alejandro Nieto, que estuvo tan preocupado por el estado de la historia de la Administración durante toda su carrera, es verdaderamente especial.
¿Por qué decidió centrar este trabajo en esa evolución desde la irresponsabilidad de los funcionarios hasta la responsabilidad de la Administración?
El tema que escogí fundamentalmente porque este trabajo representa, o está extraído, mejor dicho, de dos capítulos de mi tesis doctoral, que se centra en estudiar la institución de la responsabilidad de la Administración, que no fue tal en España. Además, tiene dos capítulos dedicados a la Administración francesa por una cuestión fundamental. Desde los años 60, cuando la ‘Revista de Administración Pública’, encabezada por Eduardo García de Enterría, donde también participó Alejandro Nieto y debatió con Parada Vázquez, se aseguraba que existía una suerte de modelo francés que fue leído a través de los autores españoles del siglo XIX y que nuestras instituciones son profundamente deudoras de esa influencia francesa. Consideré que sería interesante, en el caso de la responsabilidad, que no estaba estudiado, acercarme al aparato francés del siglo XIX, sobre todo a través de la jurisprudencia del Consejo de Estado y de los autores que estudiaron el Derecho Administrativo durante ese siglo, para conocer efectivamente la institución de la responsabilidad y todas las cuestiones que entroncaban con ella, como la justicia contencioso-administrativa y la Administración activa, es decir, la Administración que actúa ordinariamente, en el día a día. Esa fue mi intención. Además, la intención de este trabajo es doble. Por un lado, no acercarme al mito español del modelo francés, que en realidad es una lectura interesada de los españoles del siglo XIX para crear un determinado aparato administrativo, y, a la vez, alejarme de los propios mitos franceses, que son muy fuertes, sobre su propia Administración y sobre cómo surgió. Porque si nos alejamos de un mito para caer en otro, en realidad desdibujamos la lectura de determinadas fuentes.
En ese recorrido compara también la evolución de la justicia administrativa en Francia con los rasgos españoles. ¿Qué diferencias fundamentales ha encontrado entre ambos modelos?
Eso es una tesis doctoral completa (risas). Me va a permitir una pequeña cita a una obra conocidísima, que es ‘El Gatopardo’, de Lampedusa. Hay un primer momento en el que el protagonista está describiendo unas rosas que ha traído de Francia y ha plantado allí, en Sicilia. Dice que de aquellas flores olorosas y delicadas francesas, en Sicilia nacen una especie de coles obscenas, con un olor que jamás un francés pensó. Lo que quiero decir con esto es que no podemos entender que la España de 1840 era un lienzo en blanco en el que se podían trasplantar directamente nociones, instituciones y un modo de gobernar diferente, sin tener en cuenta lo existente en la península. La diferencia está en que la experiencia administrativa francesa y la experiencia española fueron profundas por su comprensión, a un lado o al otro de los Pirineos, del gobierno, de los derechos y de la justicia, en rasgos muy generales. Desde luego, hubo una influencia francesa, porque se lee en los autores. La cuestión es cómo fue esa influencia francesa, para qué y qué necesitaban de los franceses. Lo que necesitaban y lo que buscaron fue un aparato nuevo, al que los españoles llamaron Administración. Autores como Manuel Colmeiro, Posada Herrera u Oliván, todos ellos miembros del Consejo, consejeros de Estado y consejeros reales en determinados momentos, vieron en las instituciones francesas algo en lo que sostenerse. Pero su experiencia no es la francesa y su modo de entender las instituciones no fue el modo de las instituciones francesas. De aquellos prefectos franceses salieron nuestros gobernadores y de sus consejos de prefectura nuestros consejos provinciales, que son los tribunales. Pero esa primera influencia, en cuanto uno se adentra en las fuentes de cómo actuaban los gobernadores o los consejos provinciales españoles, nos damos cuenta de que su comprensión del mundo era completamente diferente, aunque solo fuera porque creían que la forma de actuar de los gobernadores o de los ministros era como la de cualquier otro juez. Por ejemplo, frente a los franceses, que decían que la Administración no es juez, la Administración es Administración y tenía una forma ejecutiva de actuar.
¿De dónde surge ese interés por estudiar precisamente esas cuestiones que todavía presentan lagunas en el conocimiento del Estado liberal?
Todas estas preocupaciones tienen su origen en una línea historiográfica muy determinada que se enuncia en un determinado momento por Francisco Tomás y Valiente. En 1994 o 1995 se preguntó qué era lo que no conocíamos del Estado liberal. Entre muchas cuestiones estaba la responsabilidad de esta Administración cuando hacía daños o provocaba daños a los particulares. Desde entonces han nacido investigaciones sobre la historia de la Administración, buenísimas e innumerables. Muchas de ellas han nacido de la dirección de Marta Lorente. Son las tesis de Julia Solla sobre la justicia, de Pedro López sobre ‘Formar al hombre de Estado’, de Héctor Domínguez o de Antonio Luque sobre el Consejo Real de España e Indias. Hay una escuela historiográfica muy interesada en qué es lo que no sabemos del Estado liberal. Estas inquietudes se desarrollan en un área que intenta dar respuesta a aquello que no sabíamos del Estado liberal y poco a poco vamos conociendo, porque ese mundo pasado sigue siendo un lugar muy extraño.
En su investigación se apoya también en documentación de los archivos de las diputaciones provinciales. ¿Qué importancia tienen estos fondos para conocer cómo se fue construyendo la Administración en el siglo XIX?
Las diputaciones son fundamentales para entender la construcción del Estado español. Lo primero, porque se han estudiado de forma particular cada institución y sus fondos para hablar de lo que tenían o de las particularidades de una determinada diputación o provincia, más allá de la institución. Pero la riqueza de los archivos de las diputaciones provinciales va muchísimo más allá, porque son el único aparato de gobierno, junto a los ayuntamientos, que conoce España entre 1845 y 1900 prácticamente. Por eso son tan ricos sus archivos y por eso nos vienen también a los investigadores. Estoy muy agradecido a todos los equipos de archiveros que han trabajado en ellos. Estos fondos se completan con el Archivo del Consejo de Estado, a cuyos miembros también doy muchísimas gracias por haberme dejado entrar a trabajar en él y a su secretario general, Leopoldo Calvo Sotelo, que también permitió mi entrada. Esta tesis es muy deudora de los archivos de las diputaciones provinciales y del Archivo del Consejo de Estado, que son los que en gran medida explican esas lagunas de nuestro pasado.
Precisamente, en esa búsqueda en los archivos de las diputaciones, ¿qué es lo que más le ha llamado la atención?
Que nos arrojan una lectura del pasado muy diferente de la que teníamos. Por ejemplo, durante casi una centuria, desde mediados del siglo XX, se ha afirmado que el Estado liberal español ha sido un Estado centralizado, ha sido un Estado administrativo, y se han discutido las cuestiones que se manifestaban a través de las Cortes, principalmente: la libertad de imprenta, la libertad religiosa, etcétera. Alejandro Nieto fue de los pocos que, a través de esos discursos de las Cortes y esos debates, consiguió realizar una lectura de la historia de la Administración, pero los archivos de las diputaciones, lo que arrojan es que ese Estado centralizado no responde de la misma manera cuando uno entra en los archivos de las diputaciones. En ellos encontramos la autorización para procesar funcionarios, que es justamente uno de los elementos clave del trabajo que presenté a la Diputación y al premio, que nació en Francia y fue traída a España en 1845, se entendía como un juicio también. Si uno atiende, por ejemplo, a la expropiación en el siglo XIX, verá que justamente es el desarrollo de un instrumento procesal. También adopta cierta forma de juicio. Y si uno atiende a otra institución, como son las contiendas de competencias, frente a la ejecutividad francesa, en España lo que nos encontramos es un juicio en el que las partes tienen que demostrar su derecho. Es un mundo que guarda recuerdos institucionales de ciertos mecanismos del Antiguo Régimen que se leen a través de un tamiz muy diferente. No es lo mismo la monarquía española en 1845 que la monarquía española en 1745, pero guardan un poso jurisdiccional.
Alejandro Nieto tuvo una mirada muy crítica sobre la Administración Pública y sobre el funcionamiento del Derecho. ¿Considera que esa visión crítica sigue vigente hoy en día?
Creo que sí. Lo único es que, desde la historia del Derecho, no podemos criticar el Derecho presente. No podemos hacerlo porque no somos juristas dedicados al Derecho Administrativo o al Derecho Civil, etcétera, como sí lo era Nieto, que era un jurista dedicado al Derecho Administrativo. Nosotros tenemos una posición muy difícil, porque los historiadores creen que somos buenos juristas y los juristas creen que somos buenos historiadores. Ese es el problema del historiador del Derecho. En definitiva, somos juristas que se dedican a la historia. Nuestra visión crítica es entender el pasado como un depósito de realidades pasadas para un determinado contexto y que respondían a unos determinados problemas. Es un mundo muy diferente. Por lo tanto, podemos criticar nuestro presente a través justamente de esas instituciones pasadas. Podemos sacar experiencias o elementos de allí para criticar o para poder hacer un análisis crítico de nuestro presente. Pero nunca por entender que ese pasado se nos manifiesta hoy de alguna manera.
El premio busca también acercar el estudio del Derecho Administrativo a la realidad de las entidades públicas y de los municipios. ¿Cree que existe suficiente conocimiento social sobre la importancia que tiene este derecho en la vida cotidiana?
Es una pregunta dificilísima, porque la verdad es que tendríamos que preguntárselo a esas personas. Pero sí que es cierto que premios como este ayudan a acercarlo, precisamente por la importancia social que tienen hoy en día las diputaciones, igual que las entidades locales, sobre los territorios y sobre su población. La diputación es central por la actividad económica que promueve, por la actividad cultural. Dan vida a los municipios y a los territorios. Son entidades de Derecho Administrativo que se mueven en el marco del Derecho Administrativo y, por lo tanto, debería conocerse más. Estos premios ayudan a acercar el Derecho Administrativo a la población en general y ayudan a acercar la Administración en general a la población.
¿Este premio supone también un impulso para seguir profundizando en la historia del Derecho Administrativo y continuar ahora su investigación?
Esperemos que sí, porque es algo a lo que me encantaría dedicar mi vida. Soy un apasionado de la historia del Derecho. Entré a estudiar historia del Derecho cuando terminé la carrera, en 2020. Mis actuales directores me propusieron comenzar la tesis y que buscara una beca competitiva, que terminé ganando, y al final conseguí un contrato de ayudante. Previamente ya me había vinculado como estudiante al área de Historia del Derecho a través de otras becas que daba la Universidad. Llevo prácticamente desde 2020-2021 dedicándome a la historia del Derecho. Ahora tengo que terminar y espero poder seguir dedicándome justamente a esta investigación y, concretamente, a la historia del Derecho Administrativo, que me apasiona por lo desconocido y por el reto que supone en muchas ocasiones acercarse a una realidad tan ajena a la nuestra.









