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Palacio Provincial de la Diputación

Las actuaciones subvencionables serán las destinadas a las actividades de promoción y difusión de la música clásica, las artes escénicas, el cine o la creación artística o literaria

La Institución Provincial ha convocado unas subvenciones a ayuntamientos de municipios de la provincia de Palencia para la realización de actividades de su programación cultural realizadas desde el 19 de octubre de 2023 al 18 de octubre de 2024

No podrán concurrir a la convocatoria los ayuntamientos que reciban ayudas mediante convenios con esta Diputación para cualquier actividad cultural y que superen los 2.000 euros, en el caso de ayuntamientos mayores de 300 habitantes y de 1.000 euros en el caso de ayuntamientos menores de 300 habitantes

Las actuaciones subvencionables serán las destinadas a las actividades de promoción y difusión de la música clásica, las artes escénicas, el cine o la creación artística o literaria, programas y actividades encaminadas a la difusión del Patrimonio Cultural, la edición de la propaganda de las actividades a realizar, la Edición de revistas municipales de interés cultural, no serán actividades subvencionables, todo tipo de desfiles que se celebren en las Fiestas de Navidad, Carnaval o Semana Santa, actividades relacionadas con el deporte, los juegos autóctonos, el medioambiente o los asuntos socio-sanitarios. Quedan excluidas las actividades culturales consistentes en viajes, excursiones y todo tipo de comidas.

El plazo para la presentación de las solicitudes será hasta el 18 de octubre de 2024, incluido

  • Las subvenciones se concederán de acuerdo con el siguiente baremo:
  1. Ayuntamientos con una población superior a 5.000 habitantes, hasta 6.500 euros
  2. Ayuntamientos de 2.000 a 5.000 habitantes, hasta 4.300 euros
  3. Ayuntamientos de 800 a 2.000 habitantes, hasta 2.200 euros
  4. Ayuntamientos de 300 a 800 habitantes, hasta 1.000 euros
  5. Ayuntamientos con una población inferior a 300 habitantes, hasta 500 euros
  • A las cantidades otorgadas de acuerdo con los baremos anteriores se añadirá otra en función del número de juntas vecinales que tenga el ayuntamiento solicitante:
  1. Ayuntamientos de 2.000 a 5.000 habitantes:
  • De 4 a 9 juntas vecinales: 500 euros
  • De 10 a 19 juntas vecinales: 1.000 euros
  • De 20 o más juntas vecinales: 1.500 euros

2.Ayuntamientos de 800 a 2.000 habitantes:

– De 4 a 9 juntas vecinales: 200 euros

– De 10 o más juntas vecinales: 400 euros

  1. Ayuntamientos con una población inferior a 800 habitantes:

– De 4 a 9 juntas vecinales: 150 euros

– De 10 o juntas vecinales: 300 euros

En ningún caso la cuantía concedida será superior el 75 por ciento del gasto realizado en la actividad para la que se solicita la subvención.

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