La Justicia avala la expulsión de Domiciano Curiel de ¡Vamos Palencia!

El juzgado anula una infracción del expediente, pero mantiene la sanción al considerar acreditadas dos faltas muy graves.
Domiciano Curiel Vamos Palencia
Domiciano Curiel, en una entrevista con Palencia en la Red.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Palencia ha respaldado la expulsión de Domiciano Curiel de ¡Vamos Palencia!, ahora concejal no adscrito en el Ayuntamiento de Palencia, al considerar que existen dos infracciones muy graves suficientemente acreditadas que justifican la decisión adoptada por el partido, tal y como ha publicado Radio Palencia.

La sentencia, fechada el 16 de abril, estima de forma parcial la demanda presentada por el concejal no adscrito, al anular una de las infracciones incluidas en el expediente disciplinario. En concreto, se trata de la relacionada con el deber de confidencialidad, que la magistrada entiende que no fue objeto de imputación previa durante el expediente. No obstante, esta vulneración del principio acusatorio no afecta al resultado final, ya que, según recoge el fallo, las otras dos conductas sancionadas son suficientes para mantener la expulsión.

En cuanto al procedimiento, la resolución judicial descarta que se hayan vulnerado derechos fundamentales. La jueza considera que el proceso se desarrolló con garantías, conforme a los estatutos del partido, y que el afectado tuvo conocimiento de los hechos que se le atribuían, pudo presentar alegaciones y recurrir la sanción ante los órganos internos.

Respecto al fondo, la sentencia da por probadas dos infracciones muy graves. Por un lado, conductas calificadas como trato vejatorio hacia afiliados o trabajadores, sustentadas en testimonios y en el reconocimiento parcial de los hechos. Por otro, el incumplimiento de directrices y resoluciones internas, especialmente en el ámbito institucional, lo que, según la magistrada, afecta a la cohesión del partido y al deber de lealtad de sus miembros.

El fallo también recuerda que el papel de los tribunales en este tipo de casos se limita a comprobar si existe una base razonable en la decisión adoptada por la organización, sin sustituir el criterio de sus órganos internos, algo que considera acreditado en este caso.

La sentencia no impone costas a ninguna de las partes y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Palencia.

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