El Ayuntamiento de Palencia afirma que “no existen contradicciones” en la ordenanza municipal de terrazas que justifiquen las quejas de los hosteleros

Antonio Casas, delegado del área de Seguridad Ciudadana

El Ayuntamiento de Palencia responde a la Asociación de Hostelería, aclarando que las sanciones a terrazas son justificadas y en cumplimiento de la normativa

Ante el comunicado emitido por la Asociación General de Hostelería de Palencia en referencia a su “profunda indignación” ante las recientes sanciones impuestas por el Ayuntamiento a establecimientos con terrazas, desde el Área de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Palencia han querido explicar la situación punto por punto:

  1. No existen contradicciones en la ordenanza municipal de Terrazas y Veladores que justifiquen las quejas de la citada asociación.
  2. La Policía Local ejerce su labor sancionadora en el uso de las competencias que le otorga la Ley y el Reglamento Orgánico Municipal, siempre desde la proporcionalidad y velando en todo momento por el interés general.
  3. Las indicaciones para ubicar medios protección contra el fuego en lugares susceptibles de algún riesgo vienen contempladas en la normativa vigente y son de obligados cumplimiento (aunque no estén en la ordenanza), es por ello que la obligación del Servicio de Prevención es informar sobre ello y establecer las condiciones para otorgar la autorización para la instalación de una terraza. No obstante, desde el Área de Prevención y con el fin de facilitar el cumplimiento de dichas medidas de seguridad se facilitan diversas opciones con el fin de adaptarlas, por un lado, a la normativa que en seguridad se ha de cumplir y por otro para adecuar dichas medidas de seguridad a las posibilidades de la situación concreta
  4. La ordenanza municipal no cae en contradicciones respecto a la colocación de cables eléctricos para dotar de suministro a las estructuras que contienen los veladores. Establece las condiciones de accesibilidad y de seguridad informadas en todo momento por el servicio de prevención. El área de prevención, se atiene tanto a la ordenanza municipal correspondiente, así como al CTE DB SI respecto a los cableados aéreos, su gálibo y condicionantes necesarios para la aproximación y el entorno de los edificios en lo que en materia de seguridad contra incendios se refiere.Las recomendaciones de un informe técnico no suponen una autorización en sí misma, sino que deben ser ratificadas por todos los informes técnicos preceptivos de los técnicos, en este caso el de obras. Corresponde al hostelero la búsqueda de una solución que sea viable y posible a expensas de la correspondiente autorización.
  5. La ordenanza de terrazas de la ciudad de Palencia es de las menos restrictivas de las ciudades de nuestro alrededor, con horarios y condiciones que permiten la explotación del espacio público con garantías y con la necesaria búsqueda del fomento del ocio, la convivencia, el descanso y la seguridad.

Por todo esto, según puntualiza Antonio Casas desde el área del que es delegado se seguirá velando por el cumplimiento de la ordenanza, con “diálogo, información y entendimiento”. Es por ello, que según comenta “hace 14 días los responsables de la Policía Local, del Servicio de Tráfico y Ocupación de Vía Pública y yo mismo estuvimos reunidos con las asociaciones de hostelería para buscar puntos de entendimiento para informar antes de sancionar y explicar el porqué de determinadas sanciones. Seguiremos con el diálogo abierto en todo momento, tanto con las asociaciones de hostelería como con los vecinos con el fin de encontrar el mayor consenso ciudadano”.

La hostelería de Palencia denuncia sanciones “contradictorias” en las terrazas

Noticias más vistas: