A juicio el administrador de una comunidad de propietarios por apropiarse de 96.000 euros

La Audiencia de Valladolid sienta este martes, 26 de octubre, en el banquillo al administrador de una comunidad de propietarios a quien se acusa de haberse apropiado de un total de 96.000 euros de los comuneros a lo largo de los meses de abril y diciembre de 2011.

En su escrito de calificación provisional de los hechos, el fiscal del caso tipifica la conducta como un delito continuado de apropiación indebida y solicita para el administrador de fincas una condena de tres años de cárcel y, en concepto de responsabilidad civil, el abono a la comunidad afectada de 41.129 euros, una vez descontados de la suma total presuntamente apropiada los honorarios pendientes de cobrar por el encausado y otra que ya devolvió, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En el relato de hechos que serán objeto de análisis por el tribunal se cita el cargo de administrador que B.L.G.R. ejercía de una céntrica comunidad de propietarios de Valladolid, puesto en el que permaneció hasta el mes de noviembre de 2015, lo que le daba acceso a las claves bancarias de la cuenta de la agrupación vecinal y le permitía, por ende, ordenar operaciones ‘on line’ con cargo a la misma.

Así, la citada comunidad percibió el 20 de abril de 2011 de Edificasa 2.000 S.A. un abono en cuenta por importe de 147.000 euros correspondiente a un procedimiento ordinario del Juzgado de Primera Instancia 12 y, siempre según la tesis de la acusación pública, a partir de entonces y hasta diciembre del mismo año el procesado comenzó a realizar trasferencias no conocidas, ni por tanto autorizadas por los comuneros, a una cuenta bancaria de su mercantil en la que llegó a ingresar un total de 96.406 euros.

De la suma de 147.000 euros entregada en su día a la comunidad de propietarios, la Audiencia de Valladolid, en el contexto del antes aludido procedimiento ordinario, ordenó a los comuneros devolver a Edificasa la cantidad de 45.711 euros que no salieron de las cuentas de la CCPP sino que fueron abonados por el acusado, circunstancia que la acusación pública ha tenido en cuenta a la hora de aplicar el consiguiente descuento en la indemnización solicitada para el administrador.

También han sido computados, a efectos de rebajar la indemnización en favor de la CCPP, los 9.566 euros que la comunidad debía al procesado en concepto de honorarios no abonados desde enero de 2011 hasta septiembre de 2015, de ahí que la cuantía indemnizatoria solicitada al administrador haya sido fijada finalmente en 41.129 euros.

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