Ayudas a la natalidad de Cervera de Pisuerga: cambios y sugerencias

Aprobada inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal reguladora para la concesión de ayudas al fomento de la natalidad en el municipio de Cervera de Pisuerga, por acuerdo del Pleno, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días.

Podrá ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Asimismo, el texto de la modificación de la Ordenanza municipal estará a disposición de los interesados en el portal web.

ARTÍCULO 5. Cuantía de la Subvención
La cuantía de cada ayuda será de 600,00 €, por cada hijo o hija nacido o adoptado.

En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de modificación de la mencionada Ordenanza.

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