La Sala estima parcialmente el recurso de los propietarios de una explotación agrícola afectada por las obras del tramo Amusco-Osorno y obliga a Adif Alta Velocidad a abonar la diferencia, más los intereses legales desde junio de 2021
La cascada de rectificaciones e incrementos en las indemnizaciones a los propietarios de terrenos afectados por la línea Alta Velocidad Palencia-Cantabria, en su tramo Amusco-Osorno, ha marcado un nuevo récord. Porque el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) elevó de 1,05 millones de euros a 3,93 millones el justiprecio por la expropiación de una finca de Piña de Campos (Palencia) afectada por las obras de la línea de alta velocidad Palencia-Aguilar de Campoo, al estimar parcialmente el recurso presentado por sus propietarios frente a la valoración fijada por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Palencia, que es quien, en su día, fijo los precios.
Unas determinaciones que, como ya hemos publicado en Palencia en la Red desde la pasada primavera se vienen rectificando y marcando notables incrementos en las cantidades que el expropiador, Adif Alta Velocidad, o lo que es lo mismo, el Estado, tendrá que pagar.
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La sentencia, dictada el pasado 2 de julio por la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Valladolid, anula la resolución adoptada por el Jurado Provincial en noviembre de 2022 y fija una nueva valoración para los bienes y derechos expropiados en una explotación agrícola de 337.744 metros cuadrados, de los que fueron ocupados 287.067, el 85 por ciento de la superficie.
La resolución se refiere a los terrenos expropiados para ejecutar el proyecto básico de la plataforma de la línea de alta velocidad Palencia-Aguilar de Campoo, en el tramo Amusco-Osorno, del que es beneficiaria la entidad pública empresarial Adif Alta Velocidad.
Los magistrados concluyen, tras analizar las pruebas periciales practicadas durante el procedimiento, que la valoración realizada por el Jurado Provincial no reflejaba adecuadamente el valor real del suelo ni todos los conceptos indemnizatorios derivados de la expropiación. En concreto, elevan a más de tres millones de euros el valor del terreno expropiado y reconocen también compensaciones por la rápida ocupación de la finca y por la pérdida de superficie de la explotación, al tiempo que mantienen el criterio del Jurado respecto al demérito aplicado a la parte no expropiada.
La sentencia fija así un justiprecio definitivo de 3,92 millones de euros, cantidad que incluye el premio de afección, y condena a Adif Alta Velocidad a abonar la diferencia respecto a la cantidad ya fijada, además de los intereses legales devengados de forma ininterrumpida desde el 23 de junio de 2021 hasta el completo pago de la indemnización.
La Sala no impone las costas a ninguna de las partes. La resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, siempre que concurran los requisitos legalmente establecidos.


