¿Puedo llevar al perro suelto en el parque en Palencia? Saberlo puede evitarte una denuncia

Perro atado

Cuatro personas fueron denunciadas ayer en las Huertas del Obispo por llevar al perro suelto fuera del horario permitido. Repasamos la ordenanza municipal para evitar sustos así

La ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales de compañía recoge algo que dicta el propio sentido común: nuestro perro debe hacer ejercicio todos los días.

Sin embargo, existe la duda de cómo pasearlo de manera adecuada en la ciudad, para evitar sustos como los que se llevaron cuatro propietarios de canes en la tarde de este martes, cuando fueron denunciados por llevar a su mascota “sin estar sujeta por medio de cadena, correa o cordón resistente, fuera del horario habilitado”, en la zona de las Huertas del Obispo.

La normativa que establece ese horario (y que pocos propietarios de animales conocen con exactitud) es la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia de Animales de Compañía, vigente en el Ayuntamiento de Palencia desde hace 23 años. Y en ella se establece que “los animales no podrán acceder libremente a las vías y espacios públicos o propiedades privadas sin ser conducidos por sus poseedores o propietarios.

En el caso de los perros, estos irán conducidos en las vías y espacios públicos sujetos con cadena, correa o cordón resistentes”. Además, si se trata de animales tipificados como de raza potencialmente agresiva, deberán ser llevados con bozal.

Si el perro no pertenece a ninguna de esas razas consideradas potencialmente peligrosas ni tiene antecedentes de agresión, “excepcionalmente” podrá circular liberado del cordón o cadena “sin que su dueño o poseedor pierda el control sobre el mismo”.  El horario autorizado para ello será de 7:00 a 9:00 y de 20:30 a 23:30 horas, únicamente. Es decir, en el paseo de mediodía no se puede liberar al animal en las zonas verdes de la ciudad. Y ojo: este horario está fijado también para áreas como Ribera Sur.

Es frecuente ver a familias que aprovechan la salida al parque de sus hijos pequeños para pasear al perro y dejarlo correr libremente en la zona ajardinada, sin embargo, la ordenanza prohíbe expresamente la estancia de perros en las zonas específicas de juegos para niños.

Pero además de las zonas de juegos, se excluyen además las áreas de mantenimiento para las personas mayores y determinados parques del centro de la ciudad. Es decir, no está permitido soltar a los perros en ningún horario en los parques del Salón, los Jardinillos, la Huerta de Guadián, la Carcavilla e Isla dos Aguas, ni tampoco en los parques de las plazas Virrey Velasco, Constitución, Cervantes ni Rabí Sem Tob.

De manera general se mantendrá una distancia de seguridad de 50 metros a vías de rodadura de vehículos en el caso de no existir separación física con la vía.

Hay que recordar que existen zonas en la ciudad habilitadas expresamente para el entrenamiento y disfrute de los perros, como la zona canina de El Sotillo, de 2.000 metros cuadrados.

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