¿Quién tendrá preferencia para el teletrabajo en la Diputación?

Teletrabajo.

El teletrabajo llega para quedarse en la Diputación de Palencia. Una modalidad donde es fundamental conocer los criterios preferentes de autorización.

Cuando dos o más personas adscritas a una misma unidad organizativa soliciten autorización para  prestar el servicio mediante teletrabajo en la Diputación de Palencia y por cuestiones de organización administrativa no fuera viable otorgar dicha modalidad de trabajo a todas, agotadas en su caso las posibilidades de rotación o de acuerdo entre las personas trabajadoras y la Diputación Provincial, se dará preferencia a las personas
que se encuentren en alguna de las situaciones que se enumeran, siguiendo este baremo:

1. Por conciliación de la vida familiar, personal y laboral:
1.1. Por tener hijos o hijas con discapacidad reconocida:
1.1.1. Si la discapacidad reconocida es superior al 45%: 6 puntos por cada uno.
1.1.2. Si la discapacidad es entre el 33% y el 45%: 5 puntos por cada uno.
1.2. Por tener hijos o hijas menores de edad, de acuerdo con la siguiente escala:
1.2.1. Igual o menores de 1 año: 4 puntos por cada uno
1.2.2. Desde 2 años hasta 3 años: 3,5 puntos por cada uno
1.2.3. Desde 4 años hasta 6 años: 3 puntos por cada uno
1.2.4. Desde 7 años hasta 12 años: 2,5 puntos por cada uno
1.2.5. Desde 13 años hasta 14 años: 2 puntos por cada uno
1.2.6. Desde 15 años hasta 18 años: 1,5 puntos por cada uno
1.3. Por tener el cónyuge o la pareja estable inscrita en el Registro de Parejas Estables con
discapacidad reconocida:
1.3.1. Si la discapacidad reconocida es superior al 45%: 5 puntos.
1.3.2. Si la discapacidad es entre el 33% y el 45%: 3 puntos.
1.4. Por tener a cargo otro familiar por línea directa o colateral hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad que no puedan valerse por sí mismo: 5 puntos.
1.5. Por ser familia monoparental o asimilados: 5 puntos.

2. Por ser víctimas de violencia de género y/o terrorismo: 6 puntos.

3. Por motivos de salud:
3.1. Por ser empleado público o empleada pública con una discapacidad relacionada con la
movilidad:
3.1.1. Si la discapacidad es superior al 45%: 5 puntos.
3.1.2. Si la discapacidad es entre el 33% y el 45%: 3 puntos.

4. Por la distancia de desplazamiento del domicilio al lugar de trabajo dentro de la provincia: 0,25 puntos por cada 5 km hasta un máximo de 3 puntos.

Si el empate persiste, tendrá preferencia la persona que tenga más antigüedad en la unidad de trabajo. Si continúa el empate, tendrá preferencia la persona que tenga una puntuación mayor en cada uno de los apartados del baremo, por el orden en él expresado. En último lugar, se resolverá mediante sorteo público.

-Publicidad-

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingresa tu comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí