La Junta de Castilla y León ha acordado hoy no prorrogar las medidas restrictivas adicionales vigentes para atajar la pandemia del coronavirus y que la comunidad pase a nivel 1 a partir de las 23.59 horas del lunes, día 13 de septiembre, es decir, que aplicarán desde el martes 14.

El nivel 1 permite un aforo del 75 por ciento en el interior de los establecimientos de hostelería y restauración en horario ordinario –con la fase 2 hay un límite hasta las 1.30 horas sin poder atender a nuevos clientes a partir de la 01.00– y se permite el consumo en mesa, de pie y en barra, que ahora es sólo en mesa.

El número máximo de personas por mesa pasará de los actuales diez a 25 y se permiten los cócteles de pie, que en la fase dos sólo están habilitados para mesa.

Por su parte, las nuevas normas para las terrazas al aire libre de establecimientos de hostelería y restauración no contemplan límite de aforo de las mesas permitidas con un máximo de 25 personas por mesa.

Así lo ha anunciado el vicepresidente y portavoz de la Junta, Francisco Igea, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno donde se ha analizado la “buena evolución” de la pandemia de coronavirus en Castilla y León que, de este modo, pasará de la actual fase 2 a la 1.

PUBS, KARAOKES, BARES ESPECIALES…

En cuanto a las medidas para pubs, karaokes, bares especiales y otros establecimientos de ocio y entretenimiento, también se permite un aforo del 75 por ciento en el interior y el consumo de pie, en barra o en mesa, que ahora sólo está admitido para este último caso. El máximo de personas sentadas en una misma mesa pasa también de diez a 25 y se permiten de igual modo los cócteles de pie.

Al igual que en el caso de establecimientos de hostelería y restauración, las nuevas normas para las terrazas al aire libre para pubs, karaokes, bares especiales y otros establecimientos de ocio y entretenimiento no prevén límite de aforo de las mesas permitidas con un máximo de 25 personas por mesa.

En ninguno de estos espacios hay normas o restricciones para celebraciones de bodas, bautizos y comuniones que en el nivel 2 están restringidos al ámbito estrictamente familiar o privado y no abiertos a la pública concurrencia.

Con el nivel 1 se abren discotecas y salas de fiestas para las que se fija un aforo del 50 por ciento en el interior de estos establecimientos en horario ordinario y el consumo de pie, en barra o en mesa con un máximo de 25 personas por mesa. También están permitidos los cócteles de pie. En el caso de las terrazas al aire libre, no hay límite de aforo de las mesas permitidas con un máximo de 25 personas por mesa.

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