Serán beneficiarios de las ayudas municipales abiertas en Grijota los progenitores o adoptantes de niños o niñas, titulares del libro de familiar en el que figure registrado su nacimiento o adopción.

Se especifica que en los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el beneficiario de la prestación será el padre/madre o cuya custodia hay de quedar los hijos, de acuerdo con lo establecido en el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio, y en el caso de custodia compartida, se distribuirá al 50% entre los progenitores.

Serán objeto de subvención los nacimientos o adopciones acaecidos en 2022 y a los solicitantes que cumplan los requisitos se le concederá una ayuda de 600 euros por hijo nacido o adoptado. La cuantía se incrementará en un 25 por ciento más, cuando se trate del segundo hijo, o un cincuenta por ciento más cuando se trate del tercer hijo o sucesivos.

Las solicitudes de ayudas se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Grijota o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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