Pescador en el río Pisuerga en el norte la provincia de Palencia. / ICAL

Se establece la veda total de la pesca a partir del día 6 de julio hasta el final de la temporada en varios tramos de los ríos palentinos

Las condiciones meteorológicas que se han venido produciendo durante los últimos meses, caracterizadas por una ausencia generalizada de precipitaciones o una enorme irregularidad en la forma de presentación de las mismas, han originado que los caudales circulantes en algunos tramos fluviales de la Comunidad de Castilla y León sean muy bajos.

El déficit hídrico y las escasas aportaciones del año hidrológico en curso han ocasionado que los caudales circulantes en las subcuencas del río Carrión y del río Pisuerga sean extraordinariamente bajos en comparación con el régimen hidrológico ordinario.

Estas circunstancias están originando, explica la Junta de Castilla y León en el Bocyl de hoy, situaciones de vulnerabilidad para las poblaciones acuáticas, resultando aconsejable establecer limitaciones en lo referente a la práctica de la pesca a través de la veda de varias masas de agua del norte de la provincia de Palencia, en las zonas de cabecera correspondientes al río Carrión y al río Pisuerga, así como a los tributarios de este (arroyo de Herreruela, arroyo de Monderio, arroyo de Valsadornín, río Castillería, río de Resoba, río Lores, río Rivera).

Todas las especies, salvo en cangrejo

No obstante, dado el carácter de especies exóticas invasoras del cangrejo rojo de las marismas y del cangrejo señal, se permiten las capturas de estas dos especies en  las masas de agua donde estuviera autorizada conforme al apartado primero de la Orden MAV/573/2022, de 26 de mayo, por la que se aprueba el plan de control del cangrejo rojo o de las marismas (Procambarus clarkii) y del cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, bajo las condiciones establecidas por la Orden MAV/1841/2022, de 15 de diciembre.

Los tramos de ríos que se verán afectados por esta veda son los siguientes:

En la Subcuenca del Carrión: en el propio río Carrión, desde desde la confluencia del río con el barranco del Hospital hasta el puente sobre el río en Triollo.

En la subcuenca del Pisuerga, en el arroyo de Herreruela, desde su nacimiento hasta la desembocadura en el río Castillería; en el Arroyo de Monderío, desde su nacimiento hasta su desagüe en el Pisuerga; y en toda la extensión de Arroyo de Valsadornín y el Río Castillería, el río de Resoba, el río Lores.

En el caso del propio río Pisuerga, se establece veda total esde el puente sobre el río Pisuerga en la entrada del casco urbano de Tremaya hasta el límite superior del coto de Quintanaluengos, frente al casco urbano de Ligüérzana. Para el Agua de Régimen Especial Controlado del Embalse de Requejada no se establece veda a la pesca.

En el caso del Río Rivera, desde el puente sobre el río en San Martín de los Herreros hasta el puente sobre el río en Ventanilla.

Pases de cotos

La orden suspende la emisión de nuevos permisos de pesca y pases de control en los cotos y AREC relacionados a continuación:

En el Carrión en el Coto de Pineda, desde la confluencia del Carrión con el barranco del Hospital hasta las ruinas del puente Teblo; y en el coto de Vidrieros, desde las ruinas del puente Teblo hasta el refugio de pescadores en Vidrieros.

En el Río Rivera, en el coto de Ventanilla, desde el puente sobre el río en San Martín de los Herreros hasta el puente sobre el río en Ventanilla.

Aguas de Régimen Especial Controlado

En el caso de las AREC, esta veda total afecta  en el río Carrión a los casi tres kilómetros de río entre el puente de Vidrieros y el de Triollo, mientras que en el Pisuerga, serán casi cuatro en San Salvador, desde el puente sobre el río en la entrada del casco urbano de Tremaya hasta el puente sobre el río en la entrada del casco urbano de San Salvador de Cantamuda.

Los permisos que hubieran sido expedidos o solicitados con anterioridad a la eficacia de esta Orden perderán su vigencia, comunicándose esta circunstancia al pescador, el cual recibirá el ingreso correspondiente a dicho importe en su bono para hacer uso del mismo cuando desee, teniendo como límite para su empleo el 31 de diciembre de 2024

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