La Consejería de Empleo e Industria ha publicado en el Bocyl de este jueves, 16 de septiembre, la Orden que desarrolla el procedimiento para la regularización administrativa de las instalaciones sometidas a la normativa de seguridad industrial en la Comunidad.

En concreto, se establece el nuevo procedimiento para que los titulares puedan acreditar y dar cumplimiento de las prescripciones técnicas que deben cumplir en materia seguridad industrial cuando no disponga de la misma.

Según explican desde el departamento que dirige Ana Carlota Amigo, con esta Orden se resuelve el problema al que se enfrentan “numerosas instalaciones” que, por motivos de antigüedad, destrucción de archivos, causas de fuerza mayor, errores de inscripción, traspasos de activos entre empresas o cambios de titularidad no comunicados, no disponen de la documentación que sirvió en su día para acreditar su puesta en servicio.

Desde Empleo e Industria reconocen que esta circunstancia dificulta el cumplimiento administrativo de la normativa vigente ya que entre los requisitos, que se recogen de manera genérica en los distintos reglamentos de seguridad industrial, figura la necesidad de presentar “la documentación oportuna” como paso previo a la puesta en marcha de estas instalaciones.

También obliga a los titulares de las instalaciones industriales a conservar la documentación que acredite que la instalación cumple con las disposiciones técnicas y administrativas aplicables. “Se debe recordar que, la documentación técnica requerida para la puesta en servicio de las instalaciones acredita el cumplimiento reglamentario de las mismas, por lo que conlleva su necesaria conservación”, insisten las mismas fuentes.

 

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