La justicia da la razón a CCOO y Gullón «deberá tener en cuenta la antigüedad generada en las ETT para el salario y la categoría profesional»

gullón Aguilar
Interior de una de las plantas de Gullón. / ICAL

El fallo afirma que el Tribunal Supremo, de manera general, prohíbe lo que se conoce como doble escala salarial, “desestimando mecanismos en los que empleados que realizan la misma labor perciben diferentes remuneraciones únicamente por el momento de ingreso o por una diferenciación artificial sin una razón objetiva y suficiente”.

El Sindicato Comisiones Obreras en Palencia ha informado que ha conseguido que los Juzgados apoyen su posición en el conflicto legal contra la empresa Gullón, relacionado con el reconocimiento de la antigüedad de un empleado que estaba bajo contrato de una Empresa de Trabajo Temporal (ETT), cediendo sus servicios a la galletera, y que dicha antigüedad sea considerada para la remuneración y el reconocimiento de su categoría profesional.

CCOO ha argumentado que para calcular la antigüedad del trabajador, deberá incluirse el tiempo trabajado desde su contratación inicial por Gullón, así como los períodos trabajados a través de la ETT. Por lo tanto, la antigüedad efectiva del empleado en la empresa «es, a todos los efectos, la correspondiente al momento de su ingreso, aunque haya sido cedido por una ETT, tanto para el complemento personal de antigüedad como para la categoría que, conforme al artículo 23 del convenio colectivo, también se consigue por antigüedad», señala el sindicato en un comunicado.

El fallo dictado por el Juzgado de lo Social número 2 de Palencia respalda que «no se pueden fijar diferentes niveles salariales según la fecha en que los empleados obtuvieron la condición de indefinidos» y que la naturaleza temporal de los contratos sucesivos «no puede utilizarse como fundamento para excluir de los servicios realmente prestados por el demandante a efectos de antigüedad».

El tribunal hace hincapié en que, de manera general, la normativa del Tribunal Supremo impide la denominada doble escala salarial, “desestimando métodos en los cuales los empleados que realizan la misma labor reciben remuneraciones distintas únicamente por su fecha de ingreso o por una diferenciación arbitraria sin una justificación adecuada y objetiva”.

Comisiones Obreras ha deseado que acepte y extienda la resolución judicial a otros casos similares y no tener que acudir a los Juzgados. Asimismo, se confía en que estas sentencias incentiven la preferencia por la contratación a largo plazo y minimicen el uso innecesario de empresas de trabajo temporal.

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