Denunciado un conductor por circular a 233 Km./h. por la autovía A67 a la altura de Monzón de Campos

El pasado sábado 19 de noviembre, a mediodía, el helicóptero de la Dirección General de Tráfico con base en Valladolid detectó a un turismo que circulaba a una velocidad excesiva por la autovía A-67 (Palencia-Santander) a la altura de Monzón de Campos sentido Santander. Tras medirle la velocidad con el radar “Pegasus” los resultados de dicha medición arrojaron velocidades de 236, 232 y 231 km/h aun cuando el límite máximo de velocidad permitido es de 120 km/h.

El radar “Pegasus” es operativo hasta una altura de 300 metros y puede medir la velocidad de los vehículos que se encuentren hasta un kilómetro de distancia del helicóptero. Este radar dispone de dos cámaras, una panorámica y otra de detalle, y tiene capacidad técnica para medir excesos de velocidad de hasta 360 km/hora.

Tras informar de inmediato a la Guardia Civil de Tráfico de Palencia de esta peligrosa conducta, una patrulla de dicha Unidad logró detener al vehículo infractor a la altura de Santillana de Campos donde procedió a identificar al conductor responsable, un varón domiciliado en Santander.

La Guardia Civil de Tráfico de Palencia ya ha instruido diligencias judiciales contra este conductor ante los Juzgados de Palencia por cuanto conducir a más de 200 km/h en autovía puede ser constitutivo de un delito expresamente tipificado en el Código Penal.

La velocidad final que se imputa a los conductores infractores, tras las tres mediciones efectuadas por el radar “Pegasus”, es la media de las tres por lo que, en este caso, a este conductor se le imputará haber circulado por la A-67 a 233 km/h.

Las penas previstas en el Código Penal para los excesos de velocidad constitutivos de delito consisten en la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un plazo superior a un año y hasta cuatro años y, además, con una multa o trabajos en beneficio de la comunidad o una pena de prisión de hasta seis meses. Existe la posibilidad, asimismo, de que el Juzgado imponga el decomiso del vehículo con el que se haya cometido el exceso de velocidad respectivo.

Los excesos de velocidad están provocando a nivel nacional el 23% de los accidentes mortales de circulación por lo que constituyen la segunda causa más frecuente de dichos siniestros tras las distracciones de los conductores.

Por otra parte, algunos fabricantes de vehículos ya limitan en la actualidad a 180 km/h la velocidad máxima a la que pueden circular sus nuevos turismos y lo hacen, precisamente, con la finalidad de empezar a contribuir en la prevención de nuevos accidentes de tráfico por exceso de velocidad.

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